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Historia de la descentralización

Profundizando su vocación esencialmente democrática, la gestión de la ciudad se ha descentralizado, desde 1990, a través de espacios institucionalizados que acercan la institución a la gente, a la vez que aproximan la sociedad civil con los organismos estatales.

El 15 de octubre de 1990, cuando se inauguró el primer Centro Comunal Zonal en Montevideo, la ciudad inició un cambio que nunca se detuvo. Ese día, el otrora omnipresente Palacio Municipal comenzó a delegar funciones por primera vez en su historia, así como los esfuerzos y recursos comenzaron a distribuirse en los barrios de Montevideo conformando un gobierno de la cercanía, aunque manteniendo el necesario equilibro para evitar que una excesiva fragmentación diluyera el concepto de comunidad global.

Para instaurar un sistema descentralizado y participativo en Montevideo se requería, en primer lugar, un accionar transparente, eficiente en la gestión de los servicios y programas, y una atención sensible a los requerimientos de la comunidad. Para ello, la apertura y promoción de la participación social en el proceso de formulación, toma de decisiones y control de programas del gobierno departamental ha sido un factor central de la gestión política. De esta forma, se ha contribuido a desarrollar ciudadanías activas y consolidar un modelo de gestión pública a escala humana.

En la primera etapa del proceso de descentralización, se instaló en cada una de las 18 circunscripciones territoriales en las que se regionalizó Montevideo, una Junta Local -como organismo de gobierno- un ente de servicios a la comunidad, el Centro Comunal Zonal y un organismo de participación vecinal, el Concejo Vecinal.

Con el proceso de descentralización se generaron importantes iniciativas, que han permitido a numerosos contingentes de vecinos y vecinas ser parte de los cambios sucedidos en la ciudad. Una de esas herramientas, destacada por el interés ciudadano que ha concitado, es el Presupuesto Participativo, programa que se convirtió en una señal de identidad del proceso de descentralización.

A partir del año 2005, mediante esta herramienta, montevideanos y montevideanas pueden decidir por votación directa qué quieren para su barrio, y definir dónde invertir parte de los recursos de la Intendencia. De esta manera, aportando su conocimiento directo de las necesidades de su zona y soluciones creativas, asignan en forma muy eficiente los dineros de todos, para dar respuesta a los problemas prioritarios.

También desde 1990, con el proceso de descentralización, a las tradicionales funciones de la comuna se les sumó con carácter prioritario el desarrollo de políticas sociales, y luego de políticas productivas, haciendo que Montevideo, como otras Intendencias del país, ampliara la agenda de asuntos sobre los cuales realiza su gestión. La mayor cercanía del gobierno con las problemáticas ciudadanas y con los actores locales, llevó a  que en los últimos años la inversión social representara más del 40% del gasto total de la comuna de Montevideo.

A partir del año 2009, se produjo un gran cambio en la dirección de profundizar el proceso de descentralización y participación iniciado: Montevideo, dentro del marco de una nueva legislación nacional aprobada el año anterior -que desencadenó un proceso de descentralización, ahora a nivel del país todo- creó su propia normativa para adaptar y acelerar su propio proceso de creación de un tercer nivel de gobierno en la ciudad. Se crearon 8 Municipios y se eligieron, en mayo de ese año, 8 Gobiernos Municipales denominados A, B, C, CH, D, E, F y G respectivamente. El 8 de julio del mismo año,  comenzaron a a ejercer sus funciones.

Los Gobiernos Municipales son un órgano elegido por la ciudadanía, conformado por cinco miembros -siendo Alcalde/Alcaldesa el/la más votado de ellos- que tienen competencia para ejercer funciones ejecutivas y administrativas dentro de su territorio.

El Decreto de la Junta Departamental 33.209 establece que son cometidos de los Municipios, entre otros, elaborar y presentar al/la Intendente/a y al Concejo Vecinal del Municipio el Plan Municipal de Desarrollo y el Presupuesto Municipal, así como ejecutarlos y administrarlos de conformidad a las disposiciones vigentes.

Asimismo, deben propiciar la participación institucionalizada de vecinos y vecinas en la vida comunal a través de los Concejos Vecinales, apoyar la actividad de los propios Concejos Vecinales y proponer iniciativas para la creación de otros ámbitos de participación ciudadana en la gestión del Municipio.
Los Gobiernos Municipales, a su vez, pueden definir la forma de dar cumplimiento a los cometidos y funciones que el Gobierno Departamental le asigne por Decreto Departamental o se incorporen por ley.