En diciembre de 2022, el Municipio B firmó un acuerdo de cooperación con el Instituto Nacional del Cooperativismo (INACOOP), cuyo marco conceptual y político es el “Plan de Desarrollo Municipal (PDM) 2020-2025 establece, en su componente “Derecho a la Ciudad”, la promoción de los Bienes Comunes. A partir de esto, se establece como acción el acompañamiento de acciones vinculadas al cooperativismo y valores de uso. Asimismo se propone la generación de instancias que favorezcan el fortalecimiento de las economías alternativas, solidarias y feministas”.
Asimismo, se destaca que dicho convenio se realiza en el marco de lo dispuesto por “el Artículo 33 literal D) numeral 1) del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera, en la redacción dada por el artículo 314 de la Ley N° 19.889 de fecha 9 de julio de 2020: “Artículo 482. Las contrataciones se realizarán mediante licitación pública u otro procedimiento competitivo expresamente previsto, de acuerdo a lo que mejor se adecue a su objeto, a los principios generales de la contratación administrativa y a lo previsto en la normativa vigente. No obstante, podrá contratarse: D) Directamente o por el procedimiento que el ordenador determine, cualquiera sea el monto de la operación, en los siguientes casos de excepción 1) Entre organismos o dependencias del Estado, o con personas públicas no estatales”.c) La IdeM en el marco del fortalecimiento de la gestión del espacio público aprobó oportunamente un convenio por Resolución Nº 3380/06 del 5/IX/06 con las Federaciones de Cooperativas representativas del Movimiento Cooperativo Nacional. d) En tal sentido se han venido desarrollando convenios socio-educativo-laborales que promueven la consolidación de los emprendimientos cooperativos, habilitando nuevos instrumentos de gestión, permitiendo diversificar y comparar diversas formas de trabajo, así como obtener resultados específicos en obras y servicios con mano de obra especializada y capacitada a tales efectos, para complementar el acondicionamiento, mantenimiento y vigilancia de los espacios públicos. e) Por Resolución Nº 1480/16 del 11/IV/16, la IdeM aprobó el convenio de cooperación suscrito con INACOOP y el Ministerio de Desarrollo Social.“
Por su parte, INACOOP enmarcará este convenio en los siguientes cometidos: “la organización y administración de “programas, recursos e instrumentos para la promoción y el fomento del desarrollo del sector cooperativo”, la formulación de “programas de formación para la generación de capacidades de dirección y administración económica-financiera y de gestión social de las cooperativas” y la promoción de la “la formación y la capacitación de los cooperativistas” (art. 187, literales E, F y J de la mencionada ley)”.