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Se habilitó al primer establecimiento gastronómico amigable con las mascotas

El primer local gastronómico amigable con las mascotas habilitado por la Intendencia de Montevideo se encuentra en el territorio del Municipio B.

Se trata de Enriqueta, un establecimiento dedicado al rubro de la gastronomía, ubicado en el parque Rodó (pasaje Prof. Jerónimo Zolesi s/n), territorio del Municipio B. 

Este primer local, al que la Intendencia le concedió la habilitación para permitir el ingreso de mascotas –tras evaluar aspectos como sus características edilicias y contar con áreas exteriores–, ya estaba habilitado ante el Servicio de Regulación Alimentaria de la Intendencia de Montevideo.  

La modificación a la normativa vigente –Reglamento Bromatológico Nacional del Digesto Departamental– que ampara esta resolución comenzó a regir en setiembre del año 2021, cuando la comuna habilitó la solicitud de un permiso de excepción para aquellos comercios de preparación y servicio de alimentos que desearan operar en esa modalidad. Con la habilitación, la Intendencia de Montevideo busca hacer posible el ingreso de clientes con perros de compañía a estos espacios, un objetivo que se suma al conjunto de metas, programas e iniciativas que propone y lleva adelante el gobierno departamental en coordinación con organizaciones de la sociedad civil para el bienestar animal y la convivencia.

CARACTERÍSTICAS DE LOS LOCALES Y LAS ÁREAS HABILITADAS

Los locales solicitantes de la habilitación para admitir mascotas deben contar con áreas de comedor exteriores en las cuales estas puedan circular y permanecer.

Se califica como áreas de comedor exteriores a:

  •  Zonas de vereda autorizadas para instalación de mesas, con o sin servicio.
  •  Zonas autorizadas para servicio de mesa en entarimados autorizados instalados en veredas y vía pública.
  •  Balcones y verandas.
  •  Patios y jardines.

A su vez, el local debe poseer vías de entrada y salida que no impliquen el tránsito de perros a través de zonas de depósito, elaboración y consumo.

De acuerdo a las características y capacidad locativa, deberá establecer en la solicitud el tamaño, raza o tipo de perro del cual se permitirá el ingreso, así como el aforo.

Una vez otorgado el permiso, el establecimiento debe tener claramente identificado en sus accesos que es un local amigable con las mascotas (o pet friendly) e informar de forma visible el reglamento interno de convivencia y uso de los espacios.

REGLAS DE CONVIVENCIA

Dentro de las reglas se establece que:

  •  Solo se admite el ingreso y permanencia de perros de compañía a cargo de una persona mayor de edad.
  •  Los perros deben permanecer con collar y correa de una longitud tal que evite la interacción por contacto con otros canes en el establecimiento.
  •  La persona a cargo del animal debe asegurar que este estará permanentemente bajo control y en ningún caso lo dejará sin supervisión.
  •  Es responsabilidad de la persona a cargo del perro mantener su estado sanitario acorde con la normativa vigente.
  •  Se prohíbe, en toda circunstancia, que los animales empleen vajilla y utensilios destinados a los comensales, así como que se suban a los asientos y mesas destinados a estos, y circulen por zonas de depósito, elaboración y consumo interior.

En este sentido, el establecimiento tiene la potestad de exigir la acreditación de edad de la persona a cargo del can, pedir el uso de bozal cuando las circunstancias lo ameriten y de solicitar la información sobre el estado sanitario del animal para el ingreso.

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